Si es oportuno, a juicio del Obispo diocesano, oído el consejo presbiteral, se constituirá en cada parroquia un consejo pastoral, que preside el párroco y en el cual los fieles, junto con aquellos que participan por su oficio en la cura pastoral de la parroquia, presten su colaboración para el fomento de la actividad pastoral.
El consejo pastoral tiene voto meramente consultivo, y se rige por las normas que establezca el Obispo diocesano.Código de derecho canónico 536 § 1 y 2
MIEMBROS
El consejo pastoral parroquial de nuestra parroquia se rige por los estatutos diocesanos. Esta compuesto por los miembros natos, es decir, el Equipo sacerdotal y un representante de cada una de las tres áreas específicas de la pastoral (catequesis, liturgia y Cáritas). A estos se suman una serie de miembros electos que representan a las diferentes realidades de nuestra parroquia.
Miembros natos
El Equipo sacerdotal
Servicio de liturgia
Cáritas parroquial
Catequesis de Iniciación cristiana
Miembros electos
Secretaria parroquial
Consejo de asuntos económicos
Religiosas Oblatas
Religiosas Mercedarias
Hermanos de San Juan de Dios
Hermanas Mater Dei
Emaús
Camino Neocatecumenal
Cursillos
Hermandades
Vida Ascendente
Proyecto Amor Conyugal
Grupo joven
Visitadores de enfermos
¿CÓMO FUNCIONA?
- Se reúne cada dos meses, y durante cuatro años.
- Al finalizar el mandato todo el consejo se renueva.
- Lo preside el párroco y se levanta acta de todas las reuniones, y se habla sobre el funcionamiento de la parroquia, y de la evangelización del barrio.
- Los Temas a tratar es a propuesta de cualquier miembro del Consejo, o a propuesta de los grupos.
- Un miembro del Consejo forma parte del Consejo Pastoral del Arciprestazgo de Valdemoro
